jueves, 10 de septiembre de 2015

Derogada la Comisión Nacional de Terapias Complementarias y se crea la Dirección General de Salud Indígena, Intercultural y Terapias Complementarias

Primera Parte: 
Con la Nueva Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, del año 1.999, se reconoce en la misma, en el Articulo 122, la Medicina Indígena, la Medicina Tradicional no Indígena y las Terapias Complementarias, pues bien luego en el año 2001 se dicta una Resolución Ministerial, de la creación de la Comisión Nacional de Terapias Complementarias, CONATEC, sin estar esta comisión adscrita a ninguna Dependencia Ministerial y solo dependía de la discreción del Ministro, sin presupuesto propio, y todas las comisiones de expertos trabajarían ad-honoren, nombrando un coordinador de la Comisión que dependía del Viceministro de Redes de Servicios de Salud,   siendo esta resolución  la mas baja en la jerarquía Jurídica,  de la Pirámide de Kelsen, donde se normalizaba todo lo relacionado con las Terapias Complementarias.
Desde la creación de Conatec, esta, al inicio y hasta el año 2007, se manejaba solo políticamente debido a la reticencia, rechazo e ignorancia de que estas terapias fueran aceptada y oficializadas, ademas de la alta rotación de funcionarios, tanto de  Ministros con Viceministros, y direcciones adjuntas, así como del fracaso continuado de los planes de Salud   dentro del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, asi se llamaba,  con la falla de que la resolución solo admitía la TC, sin reconocer la Medicina Tradicional no Indígena, creando confusión ya que los mismos funcionarios y legisladores, internacionales y nacionales,  no manejaban  la terminología y consideraban, la Medicina tradicional como una Medicina Alternativa y/o Complementaria, hoy en día el uso, a nivel internacional, y de profesionales de la Antropología y de otras profesiones y estudiosos de estas materias,  están llegando a un consenso, ya que a nivel regional se han creado, debido a la necesidad de los pueblos, convenios Marco tanto en el Parlatino, como nuevas directrices y sugerencias tanto de la OMS/OPS, para la creación de leyes que acepten y sean  reconocidas estas Terapias y Sistemas Medico y sean  incorporadas a los sistemas de Salud de las Naciones que han suscrito estos Acuerdos y mas aun, con la creación de Organismos Multilaterales como lo es MERCOSUR, ALBA, CELAC, Convenio Educativo Andes Bello y también aquellos acuerdos bilaterales entre Venezuela y países vecinos, tanto a nivel económico, político, educativo, y salud entre otros, para ir adecuando una verdadera integración regional.

Con la nueva orientación del gobierno, "...del compromiso y voluntad  de logar una mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del Socialismo, la re fundación de la Patria venezolana, basado en principios humanistas, sustentados en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso del país y del colectivo, por mandato del pueblo, etc..." se dicta el Reglamento Orgánico del  del Ministerio del Poder Popular para la Salud MPPS, con el objeto  de determinar la estructura organizativa y funcional del Ministerio del Poder Popular para la Salud, así como el establecimiento de las funciones correspondientes a las dependencias que lo integran.