En el Art. 122 de la Constitución, se establece un mandato de desarrollar la MT/ y las Terapias Complementarias, para la MT Indígena se creó una Ley Organica (LOPCI), se necesita el desarrollo de una Ley Ordinaria para las Terapias Complementarias.
viernes, 13 de febrero de 2015
Medicina Tradicional y Terapias complementarias Analisis y Prespectivas
Esta presentación fue realizada en la Asamblea Nacional en el año 2008, en una plenaria al Comité de Salud, previo a la propuesta legislativa, de la Sociedad Venezolana de Medicina Homeopatica, que se introduciría en el Marco de la Segunda Discusión de la Ley de Salud, la cual nunca fue realizada y se encuentra en la actualidad en "veremos"
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Leyes,
Medicina Tradicional,
Terapias complementarias
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