sábado, 10 de enero de 2015

PROPUESTA DE LEY PARA EL EJERCICIO DE LA MEDICINA TRADICIONAL Y TERAPIAS COMPLEMENTARIAS. PARTE II

PROPUESTA DE LEY PARA EL EJERCICIO DE LA MEDICINA TRADICIONAL Y TERAPIAS COMPLEMENTARIAS.
PARTE II

NTRODUCCION
Para realizar un proyecto de Ley sobre la Medicina Tradicional y Terapias Complementarias, y reglamentar aquellas de mayor uso y practica en nuestra población, era necesario organizar y agrupar las diferentes Terapias complementarias de acuerdo a su afinidad a nivel preventivo y/o curativo, se siguió con los siguientes criterios

1)      Recopilación de información de las diferentes clasificaciones que se ha realizado a nivel internacional: la de la OMS, del año 1999 y la modificada, la utilizada por la NCCAM** de EUA
2)      Investigación y recopilación de las diferentes modalidades de Terapias Complementarias en Venezuela
3)      Se consideró varias propuestas planteadas a nivel nacional. CONATEC.
4)      La Medicina Tradicional sobre todo la Medicina Indígena o Chamánica, tiene sus propias normas y reglas según la población Indígena o comunidad étnica, de acuerdo a sus costumbres ancestrales, se toma en cuenta su incursión en la Ley siguiendo las pautas de la Constitución y otras leyes al respecto que protegen sus tierras y sus costumbres. Según el mandato constitucional, específicamente del art. 122, donde se reconoce la medicina tradicional indígena, ya en diciembre de 2005, fue aprobada la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas LOPCI, en la cual, dentro de los derechos sociales, desde el Articulo 111 al 117, se reconoce el derecho a la Medicina Tradicional Indígena, la incorporación al Sistema Público Nacional de Salud, la participación Indígena en los programas y servicios de salud,, la incorporación de los idiomas en la atención de salud, la capacitación y formación del personal de salud a cargo de la atención en salud de los pueblos y comunidades indígenas, la definición por el ministerio en competencia en salud de las políticas de salud destinados a estos pueblos y comunidades y el nombramiento de funcionarios nacional, estatal y municipal para la garantía del cumplimiento y funcionamiento   de las políticas generales

Una vez recopilada esta información se observaron las siguientes dificultades:
1)      Discrepancias y divergencias en cuanto al abordaje terapéutico y la clasificación
2)      Fragmentación de enfoques terapéuticos similares y múltiples enfoques terapéuticos y preventivos
3)      Excesos de terapias, muchas con escasa trascendencia
4)      Simplificación y desplazamientos de terapias con formación doctrinal y enfoque netamente médico, con reconocido prestigio, como unas terapias banales y simples, como son los casos de la Homeopatía y la Acupuntura.
5)      Terapias con planteamientos exóticos sin base tecno-científico o filosófico
6)      Terapias autóctonas tradicionales o de creación reciente sin sustento tecno científico
7)      Terapias de reciente creación con aplicación de tecnologías y aparatos sumamente costosas y aplicación restringida a pocas patologías y resultados magros.

**NCCAM: Centro Nacional de Medicinas Complementarias y Alternativas (Esta denominación se debe al nombre del instituto Norteamericano que no es usada por la OMS/OPS) es una dependencia de los Institutos Nacionales de Salud de USA. Esta institución clasifica las terapias de la MCA en cinco categorías o dominios: 1º Sistemas médicos Alternativos: son aquellos que se construyen en torno a sistemas completos de teoría y práctica. Ej.: Homeopatía y Neuropatía, y aquellos sistemas ancestrales (Orientales) que se han desarrollado en la cultura occidental como lo es la Medicina Tradicional China y  la Ayurveda de la India.
2º Enfoques sobre la mente y el cuerpo (también llamadas Terapias psicosomáticas), se utiliza variedad de técnicas: algunas se han formalizado (grupos de apoyo a pacientes y terapia cognitiva y conductual), Otras técnicas aún se consideran complementarias o alternativas incluida la meditación, la oración, y aquellas que emplean el arte, la música o la danza. 3º Terapias biológicas, son aquellas terapias que emplean sustancias que se encuentran en la naturaleza, como hierbas, alimentos y vitaminas el uso de suplementos dietéticos, oligoelementos, ortomoleculares, metales, etc. Estos ultimas extraídos farmacológicamente y en presentaciones galénicas estándar (capsulas, tabletas, etc.)
4º Métodos de manipulación y basados en el cuerpo, hacen énfasis en la manipulación o en el movimiento de una o más partes del cuerpo. Ej: quiropraxia, osteopatía y masaje.
5º Las terapias sobre la base de la energía: son aquellas que emplean campos de energía y comprenden dos tipos: Terapias de biocampo: que actúan sobre los campos que rodean al cuerpo humano, ya sea por la aplicación de presión o simple colocación de las manos en o a través de estos campos: ejem. Qi qong, Reiki, kinesiología médica  y toque terapéutico. En segundo lugar las terapias biolectromagnéticas: implican el uso no convencional de campos electromagnéticos, tales como impulsos, campos magnéticos o campos de corriente alterna o directa.

En Venezuela según la resolución ministerial de la creación del Comité Nacional de Terapias Complementarias, ya se nombra los tipos de terapias complementarias más adecuados a nuestro medio, y basado en esta nominación se pueden clasificar de una manera más práctica, tomando como referencia otros países de Latinoamérica, que han seguido los lineamientos de la OMS/OPS y han oficializado leyes del ejercicio  en Terapias Complementarias siguiendo este criterio, podríamos  citar esta clasificación de la siguiente manera en forma general:


1º Terapias naturales: incluyen diferentes tipos de terapias propios de la Naturopatía: diagnostico facial, fitoterapia, alimentación natural, hidroterapia, termalismo, etc.
2º Terapias vibracionales: son aquellas que utilizan diferentes tipos de modulación de la energía ya sea de flores o plantas o de los tres reinos: aromaterapia, cristaloterapia, terapias florales, homeopatía.
3º Terapias reflexológicas: son aquellas que utiliza el principio de la existencia de pantallas corporales donde está representado el organismo  como un todo,: auriculoterapia, Laserterapia, reflexología manual o Podal, Acupuntura, digitopresión entre otras.
4º Terapias físicas: serian denominadas también como terapias manuales donde exista la manipulación o el movimiento de una o partes del cuerpo, ejem: Quiropraxia, osteopatía, masajes, danza, yoga,  Tai chi Chua, Qi qong, etc.
5º Terapias psicosomáticas: Son técnicas que regulan o estimulan y controlan la relación mente cuerpo: relax psicomotriz, meditación, sofrología, hipnosis, bioretroalimentacion, Psicoinmunoneuoendocrinologia. 

En vista de todos estos inconvenientes se propone una clasificación, más detallada y específica,  que tome en cuenta  aquellas terapias que se han consolidado en el país por su tradición en escuelas Médicas y no Médicas y aquellas terapias dispersas que ha demostrado eficacia en su uso, no solo nacional sino internacional,  por lo anterior esta clasificación debe cumplir con los siguientes requisitos:

1)      Reconocida eficacia nacional e internacional
2)      Medicamentos y productos económicos y fácilmente accesibles
3)      Relación costo beneficio buena a excelente
4)      De fácil implementación e instauración en el Sistema Publico Nacional de Salud, y de fácil dificultad de aprendizaje
5)      Sin utilización de tecnicismos costosos
6)      Facilidad para llevar a cabo en forma individual o en grupo
7)      Tecnologías fácilmente aplicables.
  
CLASIFICACION:

A.-POR TIPO:

1.- Terapias Únicas: Son aquellas que tienen un sistema filosófico único y principios en su aplicación que generalmente deben ser aplicada: sola, o eventualmente con otras terapias, algunas veces forman parte de un sistema (Medicina tradicional China) Ejemplo: Homeopatía, Acupuntura, Osteopatía, Quiropraxia, son consideradas de  aplicación por Médicos, por su aprobación Académica Universitaria tanto en Europa, EUA, Brasil y Cuba. En algunos países se certifican Técnicos y Practicantes si cumplen con la carga académica determinada en su legislación (Acupuntura en EUA, Homeopatía Reino Unido)

2.- Terapias Mixtas: Son aquellas terapias que utilizan varias modalidades de terapias por ser su enfoque más sistémicos  en el estímulo del proceso curativo, pueden ser ancestrales Universales  como es el caso de la Medicina Natural o Naturopatía, o recientes como la Medicina Biológica, y la Medicina Sistémica que incluye el uso de tecnologías de punta electrónicos para el diagnóstico y el uso de mezclas de fitofármacos, minerales, vitaminas, oligoelementos para el  tratamiento.

Esta misma observación la podemos aplicar a la Medicina Tradicional China, ya que ella comprende cinco métodos o técnicas,( Acupuntura, Moxibustion, Herboterapia, Masajes y Ejercicios (Wu su) y como tal los Médicos Chinos y practicantes o “médicos descalzos”, las utilizan sola o en forma mixta.

B.- POR EL ABORDAJE

1)      Medicina Tradicional (MT)
a.       Ancestrales
                                                              i.      Nacional
1.      Popular folklórica Venezolana: Rural y Urbana
2.      Indígena Venezolana o Chamánica, Piache, Mojan

                                                            ii.      Orientales
1.      Medicina Tradicional China (MTCh)
2.      Medicina Ayurveda (India)
3.      Otras etnomedicinas (Unani (Africa), Yatiris y Kallaways (Bolivia))
                                                          iii.      Universales
1.      Medicina Natural (Naturoterapia)

2)      Medicina Biológica. (Alemania) Homotoxicología.
3)      Terapias de manipulación basadas en el cuerpo(Quiropraxia, Osteopatía, Masaje Terapéutico)
4)      Terapias vibracionales (Terapia Floral)
5)      Terapias sobre la base de la energía ( terapias psicosomáticas) (Meditación)
6)      Terapias reflexológicas (Kinesiología)

Nota: las definiciones de cada una de estas terapias se encuentran en un archivo anexo El cual está a disposición para estudio, críticas y sugerencias de los interesados (se envió por correo electrónico  al equipo de Acreditación y Certificación: Véase el archivo de  Terminología, Baremo)

Existen otras clasificaciones que han propuesto instituciones como la NCCAM, organismo, Americano, que es la más utilizada y nombrada como referencia, esta carece de la sistematización, y deja afuera el tipo de MT autóctona, que se llamó anteriormente folklórica? (Popular: rural y urbana)

Ahora bien, a pesar de algunos logros, alcanzados, en  Latinoamérica (Chile por  nombrar algún país), parte de los esfuerzos referidos se han encontrado con obstáculos y limitaciones que ocasionan que diversos planes y programas no cuentes con las herramientas suficientes para definir su participación de manera adecuada. Algunas de estas limitaciones, en cuanto a Venezuela, se relacionan con:

·         El desconocimiento del volumen de practicantes( No existe un censo de Terapeutas y se desconoce cuántos practican cada una de las terapias)
·         La falta de información acerca de las distintas modalidades de terapias
·         Desconocimiento y falta de información sobre el tipo de poblaciones que demandan la MT/TC
·         El uso inadecuado de terminologías para la clasificación de las diferentes modalidades de Terapias, ocasiona confusión por la falta de estandarización. No existe normas claras que indiquen nociones y conceptos fundamentales en cuanto legislación de trabajo.
·         La ausencia de un marco legislativo a partir del cual se regule la práctica de dicha medicina.
·         Falta de modelos elaborados por alguna dependencia del ME/Ministerio de Educación Superior (MES) o del Ministerio del Poder Popular de las Salud /CONATEC.

Con base en los antecedentes expuestos, el presente trabajo trataremos de presentar un marco teórico, razonado, lógico y adecuado a nuestra realidad, social y política, actual sin exclusión de ningún grupo interesado, con reglas claras y ajustadas a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y al marco Jurídico vigente relacionado con el Sistema Público de Salud y otras Leyes conexas.

Considerando el esquema didáctico  establecido por Kelsen, con su pirámide, ya existe un marco jurídico desde el vértice de la misma con la Constitución de la República Bolivariana  de Venezuela hasta las resoluciones y normas ministeriales,  inclusive algunas jurisprudencias, desde el decreto del Guzmán Blanco donde se permisa el ejercicio de la Homeopatía, hasta en la actualidad con la puesta en servicio de  infraestructuras médicas, como los Centros de Rehabilitación Integral (CDI) donde se ofertan servicios de Medicina Natural y Acupuntura  (6-11-06 Ultimas Noticias)  sin lugar a dudas ya está  establecida  toda la estructura legal para el reconocimiento de las Terapias Complementarias en la próxima Ley de Salud (FUE APROBADA DE UN PLUMAZO sin segunda discusión y sin tomar en cuenta nuestras propuestas, y la de otros,  de las fallas, carencias y defectos y hoy en día carece de Reglamento 2014) y Sistema Público Nacional de Salud por aprobarse.