PROPUESTA DE LEY PARA EL EJERCICIO DE LA MEDICINA
TRADICIONAL Y TERAPIAS COMPLEMENTARIAS.
PARTE II
NTRODUCCION
Para realizar un proyecto de Ley sobre la Medicina Tradicional y Terapias
Complementarias, y reglamentar aquellas de mayor uso y practica en nuestra
población, era necesario organizar y agrupar las diferentes Terapias
complementarias de acuerdo a su afinidad a nivel preventivo y/o curativo, se
siguió con los siguientes criterios
1) Recopilación de información de las
diferentes clasificaciones que se ha realizado a nivel internacional: la de la
OMS, del año 1999 y la modificada, la utilizada por la NCCAM** de EUA
2) Investigación y recopilación de las
diferentes modalidades de Terapias Complementarias en Venezuela
3) Se consideró varias propuestas planteadas
a nivel nacional. CONATEC.
4) La Medicina Tradicional sobre todo la Medicina Indígena
o Chamánica, tiene sus propias normas y reglas según la población Indígena o
comunidad étnica, de acuerdo a sus costumbres ancestrales, se toma en cuenta su
incursión en la Ley
siguiendo las pautas de la
Constitución y otras leyes al respecto que protegen sus
tierras y sus costumbres. Según el mandato constitucional, específicamente del
art. 122, donde se reconoce la medicina tradicional indígena, ya en diciembre
de 2005, fue aprobada la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas LOPCI,
en la cual, dentro de los derechos sociales, desde el Articulo 111 al 117, se reconoce
el derecho a la Medicina Tradicional Indígena, la incorporación al Sistema Público
Nacional de Salud, la participación Indígena en los programas y servicios de
salud,, la incorporación de los idiomas en la atención de salud, la
capacitación y formación del personal de salud a cargo de la atención en salud
de los pueblos y comunidades indígenas, la definición por el ministerio en
competencia en salud de las políticas de salud destinados a estos pueblos y
comunidades y el nombramiento de funcionarios nacional, estatal y municipal
para la garantía del cumplimiento y funcionamiento de las políticas generales
Una vez recopilada esta información se
observaron las siguientes dificultades:
1) Discrepancias y divergencias en cuanto al
abordaje terapéutico y la clasificación
2) Fragmentación de enfoques terapéuticos
similares y múltiples enfoques terapéuticos y preventivos
3) Excesos de terapias, muchas con escasa
trascendencia
4) Simplificación y desplazamientos de
terapias con formación doctrinal y enfoque netamente médico, con reconocido
prestigio, como unas terapias banales y simples, como son los casos de la
Homeopatía y la Acupuntura.
5) Terapias con planteamientos exóticos sin
base tecno-científico o filosófico
6) Terapias autóctonas tradicionales o de
creación reciente sin sustento tecno científico
7) Terapias de reciente creación con
aplicación de tecnologías y aparatos sumamente costosas y aplicación
restringida a pocas patologías y resultados magros.
**NCCAM: Centro Nacional de Medicinas
Complementarias y Alternativas (Esta denominación se debe al nombre del
instituto Norteamericano que no es usada por la
OMS/OPS) es una dependencia de los Institutos
Nacionales de Salud de USA. Esta institución clasifica las terapias de la MCA
en cinco categorías o dominios: 1º Sistemas médicos Alternativos: son aquellos
que se construyen en torno a sistemas completos de teoría y práctica. Ej.:
Homeopatía y Neuropatía, y aquellos sistemas ancestrales (Orientales) que se
han desarrollado en la cultura occidental como lo es la Medicina Tradicional
China y la Ayurveda de la India.
2º Enfoques sobre la mente y el cuerpo
(también llamadas Terapias psicosomáticas), se utiliza variedad de técnicas:
algunas se han formalizado (grupos de apoyo a pacientes y terapia cognitiva y
conductual), Otras técnicas aún se consideran complementarias o alternativas
incluida la meditación, la oración, y aquellas que emplean el arte, la música o
la danza. 3º Terapias biológicas, son aquellas terapias que emplean sustancias
que se encuentran en la naturaleza, como hierbas, alimentos y vitaminas el uso
de suplementos dietéticos, oligoelementos, ortomoleculares, metales, etc. Estos
ultimas extraídos farmacológicamente y en presentaciones galénicas estándar
(capsulas, tabletas, etc.)
4º Métodos de manipulación y basados en el
cuerpo, hacen énfasis en la manipulación o en el movimiento de una o más partes
del cuerpo. Ej: quiropraxia, osteopatía y masaje.
5º Las terapias sobre la base de la
energía: son aquellas que emplean campos de energía y comprenden dos tipos:
Terapias de biocampo: que actúan sobre los campos que rodean al cuerpo humano,
ya sea por la aplicación de presión o simple colocación de las manos en o a
través de estos campos: ejem. Qi qong, Reiki, kinesiología médica y toque terapéutico. En segundo lugar las
terapias biolectromagnéticas: implican el uso no convencional de campos
electromagnéticos, tales como impulsos, campos magnéticos o campos de corriente
alterna o directa.
En Venezuela según la resolución
ministerial de la creación del Comité Nacional de Terapias Complementarias, ya
se nombra los tipos de terapias complementarias más adecuados a nuestro medio,
y basado en esta nominación se pueden clasificar de una manera más práctica,
tomando como referencia otros países de Latinoamérica, que han seguido los
lineamientos de la OMS/OPS y han oficializado leyes del ejercicio en Terapias Complementarias siguiendo este
criterio, podríamos citar esta
clasificación de la siguiente manera en forma general:
1º Terapias naturales: incluyen diferentes
tipos de terapias propios de la Naturopatía: diagnostico facial, fitoterapia,
alimentación natural, hidroterapia, termalismo, etc.
2º Terapias vibracionales: son aquellas
que utilizan diferentes tipos de modulación de la energía ya sea de flores o
plantas o de los tres reinos: aromaterapia, cristaloterapia, terapias florales,
homeopatía.
3º Terapias reflexológicas: son aquellas
que utiliza el principio de la existencia de pantallas corporales donde está
representado el organismo como un todo,:
auriculoterapia, Laserterapia, reflexología manual o Podal, Acupuntura, digitopresión
entre otras.
4º Terapias físicas: serian denominadas
también como terapias manuales donde exista la manipulación o el movimiento de
una o partes del cuerpo, ejem: Quiropraxia, osteopatía, masajes, danza,
yoga, Tai chi Chua, Qi qong, etc.
5º Terapias psicosomáticas: Son técnicas
que regulan o estimulan y controlan la relación mente cuerpo: relax
psicomotriz, meditación, sofrología, hipnosis, bioretroalimentacion,
Psicoinmunoneuoendocrinologia.
En vista de todos estos inconvenientes se propone una clasificación, más
detallada y específica, que tome en
cuenta aquellas terapias que se han
consolidado en el país por su tradición en escuelas Médicas y no Médicas y
aquellas terapias dispersas que ha demostrado eficacia en su uso, no solo
nacional sino internacional, por lo
anterior esta clasificación debe cumplir con los siguientes requisitos:
1) Reconocida eficacia nacional e
internacional
2) Medicamentos y productos económicos y
fácilmente accesibles
3) Relación costo beneficio buena a excelente
4) De fácil implementación e instauración en
el Sistema Publico Nacional de Salud, y de fácil dificultad de aprendizaje
5) Sin utilización de tecnicismos costosos
6) Facilidad para llevar a cabo en forma
individual o en grupo
7) Tecnologías fácilmente aplicables.
CLASIFICACION:
A.-POR TIPO:
1.- Terapias Únicas: Son aquellas que tienen un sistema filosófico único y principios en su
aplicación que generalmente deben ser aplicada: sola, o eventualmente con otras
terapias, algunas veces forman parte de un sistema (Medicina tradicional China)
Ejemplo: Homeopatía, Acupuntura, Osteopatía, Quiropraxia, son consideradas de aplicación por Médicos, por su aprobación
Académica Universitaria tanto en Europa, EUA, Brasil y Cuba. En algunos países
se certifican Técnicos y Practicantes si cumplen con la carga académica
determinada en su legislación (Acupuntura en EUA, Homeopatía Reino Unido)
2.- Terapias Mixtas: Son aquellas terapias que utilizan varias modalidades de terapias por ser
su enfoque más sistémicos en el estímulo
del proceso curativo, pueden ser ancestrales Universales como es el caso de la Medicina Natural
o Naturopatía, o recientes como la Medicina Biológica ,
y la Medicina
Sistémica que incluye el uso de tecnologías de punta
electrónicos para el diagnóstico y el uso de mezclas de fitofármacos,
minerales, vitaminas, oligoelementos para el
tratamiento.
Esta misma observación la podemos aplicar a la Medicina Tradicional
China, ya que ella comprende cinco métodos o técnicas,( Acupuntura,
Moxibustion, Herboterapia, Masajes y Ejercicios (Wu su) y como tal los Médicos
Chinos y practicantes o “médicos descalzos”, las utilizan sola o en forma
mixta.
B.- POR EL ABORDAJE
1) Medicina Tradicional (MT)
a. Ancestrales
i.
Nacional
1. Popular folklórica Venezolana: Rural y
Urbana
2. Indígena Venezolana o Chamánica, Piache,
Mojan
ii.
Orientales
1. Medicina Tradicional China (MTCh)
2. Medicina Ayurveda (India)
3. Otras etnomedicinas (Unani (Africa),
Yatiris y Kallaways (Bolivia))
iii.
Universales
1. Medicina Natural (Naturoterapia)
2) Medicina Biológica. (Alemania)
Homotoxicología.
3) Terapias de manipulación basadas en el
cuerpo(Quiropraxia, Osteopatía, Masaje Terapéutico)
4) Terapias vibracionales (Terapia Floral)
5) Terapias sobre la base de la energía (
terapias psicosomáticas) (Meditación)
6) Terapias reflexológicas (Kinesiología)
Nota: las definiciones de cada una de estas terapias se encuentran en un archivo
anexo El cual está a disposición para estudio, críticas y sugerencias de los
interesados (se envió por correo electrónico
al equipo de Acreditación y Certificación: Véase el archivo de Terminología, Baremo)
Existen otras
clasificaciones que han propuesto instituciones como la NCCAM , organismo, Americano,
que es la más utilizada y nombrada como referencia, esta carece de la
sistematización, y deja afuera el tipo de MT autóctona, que se llamó
anteriormente folklórica? (Popular: rural y urbana)
Ahora bien,
a pesar de algunos logros, alcanzados, en
Latinoamérica (Chile por nombrar
algún país), parte de los esfuerzos referidos se han encontrado con obstáculos
y limitaciones que ocasionan que diversos planes y programas no cuentes con las
herramientas suficientes para definir su participación de manera adecuada.
Algunas de estas limitaciones, en cuanto a Venezuela, se relacionan con:
·
El
desconocimiento del volumen de practicantes( No existe un censo de Terapeutas y
se desconoce cuántos practican cada una de las terapias)
·
La falta de
información acerca de las distintas modalidades de terapias
·
Desconocimiento
y falta de información sobre el tipo de poblaciones que demandan la MT /TC
·
El uso
inadecuado de terminologías para la clasificación de las diferentes modalidades
de Terapias, ocasiona confusión por la falta de estandarización. No existe
normas claras que indiquen nociones y conceptos fundamentales en cuanto
legislación de trabajo.
·
La ausencia de
un marco legislativo a partir del cual se regule la práctica de dicha medicina.
·
Falta de
modelos elaborados por alguna dependencia del ME/Ministerio de Educación
Superior (MES) o del Ministerio del Poder Popular de las Salud /CONATEC.
Con base en
los antecedentes expuestos, el presente trabajo trataremos de presentar un
marco teórico, razonado, lógico y adecuado a nuestra realidad, social y
política, actual sin exclusión de ningún grupo interesado, con reglas claras y
ajustadas a la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela y al marco Jurídico vigente relacionado con el Sistema
Público de Salud y otras Leyes conexas.
Considerando
el esquema didáctico establecido por
Kelsen, con su pirámide, ya existe un marco jurídico desde el vértice de la
misma con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela hasta las resoluciones y normas
ministeriales, inclusive algunas
jurisprudencias, desde el decreto del Guzmán Blanco donde se permisa el
ejercicio de la Homeopatía ,
hasta en la actualidad con la puesta en servicio de infraestructuras médicas, como los Centros de
Rehabilitación Integral (CDI) donde se ofertan servicios de Medicina Natural y
Acupuntura (6-11-06 Ultimas
Noticias) sin lugar a dudas ya está establecida
toda la estructura legal para el reconocimiento de las Terapias
Complementarias en la próxima Ley de Salud (FUE
APROBADA DE UN PLUMAZO sin segunda discusión y sin tomar en cuenta nuestras
propuestas, y la de otros, de las
fallas, carencias y defectos y hoy en día carece de Reglamento 2014) y Sistema
Público Nacional de Salud por aprobarse.