sábado, 10 de enero de 2015

OBJETIVOS Y REQUISITOS QUE DEBE TENER UNA TERAPIA ALTERNATIVA/COMPLEMENTARIA PARA SER VIABLE EN EL SISTEMA PÚBLICO NACIONAL DE SALUD DE VENEZUELA PARTE I

OBJETIVOS Y REQUISITOS QUE DEBE TENER UNA TERAPIA ALTERNATIVA/COMPLEMENTARIA PARA SER VIABLE EN EL SISTEMA PÚBLICO NACIONAL DE SALUD DE VENEZUELA
PARTE I
Dr. Adolfo La Roche
Enero 2014
Este documento de trabajo, no definitivo,  fue elaborado siguiente las directrices de la OMS, (WB 905.7- WHO/EDM/TRM/99.1) ,  para la formación básica, tanto para la acupuntura como  la Quiropraxia, igualmente se tomó en cuenta la propuesta marco para la creación de Leyes de Medicina Alternativa/Complementarias realizada por el Parlamento Latinoamericano (PARLATINO) a sus países integrantes, y lo redacte, de forma general  para que pueda ser aplicado y/o adaptado a otras terapias,  igualmente es necesario leer seguidamente ,  la introducción, de  la propuesta de Ley sobre Terapias Alternativas/Complementarias, (PARTE II) redactada por mí en los años 2005-2006-2007-2008, en la Asamblea Nacional a la Comisión de Salud, en el Ministerio de Salud ( hoy MPPS), y otras instituciones gubernamentales, para poder entender algunas terminologías y situaciones que ya fueron trabajadas, superadas y resueltas por el grupo inicial de expertos a solicitud  por el Ministerio con competencia en Salud,  a través del Comité Nacional de Terapias Complementarias (CONATEC) en esa oportunidad.
OBJETIVOS
A fin de facilitar la práctica autorizada e inocua de UN SISTEMA/ TERAPIA A/C  y de proteger al público y a los pacientes, las presentes directrices tienen por cometido:
• establecer los requisitos básicos para la enseñanza de la MISMA.
• servir de referencia a fin de que las autoridades nacionales puedan establecer un sistema de examen y de concesión de licencias (baremo) para la práctica autorizada de Estas TERAPIAS
• pasar revista a las contraindicaciones en aras de reducir al mínimo el riesgo de accidente, de proporcionar asesoramiento en materia de gestión de las complicaciones que ocurren durante el tratamiento y de fomentar la práctica inocua de la ESTAS TERAPIAS
Consideraciones administrativas y académicas
La formación de EN CUALQUIER TERAPIA A/C merece ciertas consideraciones administrativas y académicas, por ejemplo:
• ¿Quién está en condiciones de recibir formación?
• ¿Qué papel desempeñará el facultativo y cuáles serán sus responsabilidades?
• ¿Qué grado de instrucción se necesita?
• ¿Dónde se proporcionará tamaña instrucción y quién la proporcionará?
• ¿Hay que concebir programas adecuados partiendo de cero o se pueden fortalecer o modificar convenientemente los cursos ya existentes de subóptima calidad?
• ¿Se dispone de instructores debidamente cualificados o es necesario formarlos?
• ¿Cuál será el mecanismo de reconocimiento oficial de facultativos, programas, instructores e instituciones?
Vigilancia y evaluación
A fin de instituir la práctica autorizada y el uso adecuado de estas terapia, se necesitan sistemas que permitan supervisar la profesión en su conjunto, la actuación de los facultativos y la formación y capacitación de los mismos.  
La mayoría de los países que regulan el ejercicio de la profesión emplean un sistema de evaluación nacional, regional, estatal o provincial. De forma alternativa, también es posible que las autoridades sanitarias concedan a las asociaciones profesionales la facultad de autorregularse y de garantizar la competencia de los individuos.
Antes del reconocimiento legal de esta terapia A/C, puede que un gobierno desee evaluar las consecuencias positivas y negativas de incluirla en el servicio de asistencia sanitaria, como ha sido el caso en numerosos países o regiones (Chile, Perú, Nicaragua, México, Cuba)
Niveles aceptables de formación y capacitación adicional
A modo de reseña de los diversos programas de capacitación que existen en diferentes países, las presentes directrices abordan dos categorías y otras situaciones distintas de formación , cada una de las cuales prepara a los profesionales sanitarios para ejercer la terapia dentro del sistema de asistencia sanitaria:
Categoria I:
Formación completa:
·          curso de dos años mínimo a los profesionales de la salud, como formación complementaria necesaria para que los profesionales  en medicina u otros profesionales sanitarios puedan obtener un título reconocido en esa terapia en particular
·         para estudiantes con curso técnico de 3 años en TA/C  sin ninguna formación ni experiencia previas en materia de asistencia sanitaria.
Categoria II
Formación Limitada
·         Diplomaturas de 160 horas mínimo teórico practico
·         Programa de capacitación limitada para el personal médico y otros profesionales sanitarios idóneos, en países o regiones donde se instaure la terapia  en ausencia de la legislación que regule el ejercicio de la profesión; no proporciona una formación completa.
Tal capacitación sólo se llevará a cabo como una medida provisional, para instituir la prestación de servicios quiroprácticos, o como primera etapa en la elaboración de un programa quiropráctico completo. Un curso así constituye el requisito mínimo para poder registrarse y los cursos de ese tipo deben sustituirse por programas apropiados de dedicación exclusiva tan pronto como sea posible.
·         Capacitación exigida para alcanzar un nivel de competencia mínimo aceptable para estudiantes que presten servicios de esta terapia en países o regiones que carecen de la regulación pertinente, pero con intenciones de sancionar las leyes que regulen el ejercicio de la profesión.
Esta situación no permite obtener una formación completa, sino los conocimientos mínimos para poder registrarse. Los cursos de ese tipo constituyen una medida provisional y deben sustituirse por programas apropiados de dedicación exclusiva tan pronto como sea posible.
Requisitos de ingreso
El estudiante ideal deberá tener estudios secundarios completos, haber ingresado en una universidad o institución de grado equivalente y tener suficiente formación en ciencias naturales, según lo exija el programa en cuestión.
Formación básica para algunas terapias (POR DEFINIR)
Con independencia del modelo de enseñanza utilizado, las personas sin formación ni experiencia previa en asistencia sanitaria necesitarán por lo menos unas 4200 horas de contacto entre estudiante y profesor, o una cantidad equivalente, repartidas a lo largo de cuatro años de formación con dedicación exclusiva. Ello incluye un mínimo de 1000 horas de formación clínica supervisada.  
Plan de asignaturas obligatorias
Objetivos docentes
Para ser un profesional, técnico o practicante competente se deben adquirir conocimientos específicos, nociones, criterios, hábitos y habilidades psicomotrices. El plan de estudios y los métodos de evaluación del estudiante deben diseñarse de tal modo que el facultativo diplomado pueda hacer gala de las siguientes cualidades:  
La persona debe poseer una vasta noción y una gran maestría de las aptitudes y conocimientos que constituyen la base misma de la técnica en su calidad de profesión sanitaria, tal como se indica a continuación:
• adquirir un conocimiento básico de las ciencias de la salud, especialmente de las relacionadas con los sistemas digestivo, pulmonar, renal, nervioso, inmunológico, endocrino, piel, cardiaco y los sistemas neuromusculoesqueléticos.
• adquirir un vasto conocimiento teórico de la fisiología y fisiopatología así como el  funcionamiento normal y anormal de estos sistemas por sobre todas las cosas, poseer la capacidad clínica necesaria para evaluar pericialmente; tanto la anamnesis historia clínica como el examen físico
• ser consciente de la historia de la terapia y del paradigma sin par que es la asistencia de la técnica a aplicar
• tener la capacidad de decidir si el paciente reúne las condiciones necesarias para recibir tratamiento sin peligro o si hay que derivarlo a otro profesional de la salud o establecimiento sanitario para que lo atiendan de forma independiente o con su colaboración.
La persona debe ejercer en el entorno clínico que cabe esperar de un profesional de atención primaria de salud, tal como se indica a continuación:
• efectuar debidamente un diagnóstico diferencial de los problemas que aquejan a los pacientes;
• adquirir particular habilidad en materia de diagnóstico por exámenes paraclínicos, alivio del dolor y rehabilitación si es necesario o en el diagnóstico y el manejo de otros exámenes adecuados para facilitar el diagnostico
• interpretar correctamente los resultados de laboratorio clínico.
• ser capaz de evaluar de forma crítica la información científica y clínica;
• entender y aplicar los conocimientos científico‐médicos básicos y ser capaz de consultar con otros profesionales sanitarios o de derivar al paciente a dichos profesionales;
• adquirir, en general, el conocimiento y el arte necesarios para atender a la gente y comunicarse con ella de forma eficaz, sin causar perjuicios.
La persona debe ser capaz de:
• aplicar el conocimiento científico básico del cuerpo humano;
• comprender la naturaleza de la enfermedad según el enfoque integral de la terapia sea esta natural o bioenergética, así como la pato fisiología del sistema afectado y su relación con otras sistema del cuerpo humano;
• entablar una relación satisfactoria con sus pacientes;
• acopiar, registrar y comunicar la información clínica;
• interpretar de forma precisa los resultados de laboratorio clínico y las imágenes diagnósticas de los sistemas implicados;
• hacer un diagnóstico clínico correcto;
• asumir la responsabilidad del bienestar del paciente;
• aplicar el sentido común a la hora de elegir la asistencia apropiada;  
• proporcionar un tratamiento eficaz;
• prestar una asistencia sanitaria idónea de forma continua;
• comprender cómo se aplican los métodos y técnicas actuales en aras de cuidar el buen estado físico del paciente;
• aceptar las responsabilidades propias del facultativo;
• justipreciar el arte y el alcance de la técnica o terapéutica y de otras profesiones sanitarias a fin de facilitar la cooperación y el respecto dentro de la disciplina y entre distintas disciplinas;
• seleccionar temas de investigación, formular proyectos de investigación sencillos, valorar de forma crítica los estudios clínicos y participar en programas multidisciplinares de investigación;
• reconocer la necesidad del aprendizaje de por vida y el desarrollo profesional continuo y asumir dicha responsabilidad.
Asignaturas de ciencias naturales
Los programas conocidos exigen como prerrequisito materias fundamentales de ciencias naturales o bien incluyen unidades indispensables de Química, Física y Biología dentro de los cursos de primer año.
Asignaturas de ciencias preclínicas
Entre las materias de ciencias preclínicas incluidas en los programas de quiropráctica normalmente figuran las siguientes:
Anatomía, Fisiología, Bioquímica, Patología, Microbiología, Farmacología y Toxicología, Psicología, Dietética y Nutrición y Salud pública
Asignaturas de ciencias clínicas
Las asignaturas de ciencias clínicas pueden ser algunas de las que se indican a continuación o todas ellas:
Práctica de la anamnesis, Exploración física general, Diagnóstico de laboratorio, Diagnóstico diferencial, Radiología, Neurología, Reumatología, Oftalmología, Otorrinolaringología, Ortopedia, Pediatría básica, Geriatría básica, Ginecología y Obstetricia básicas y Dermatología básica
Asignaturas propias de la terapia y asignaturas adicionales según el caso
Otras:
·         Historia, principios y filosofía de la asistencia sanitaria específicos de la Terapia ;
• Ética y Jurisprudencia relacionadas;
• Estudio de los antecedentes históricos de la medicina tradicional y la asistencia sanitaria complementaria o alternativa.
Documentación y mantenimiento del registro clínico
Comprende:
• Registro de los problemas principales, enfermedades anteriores, hallazgos de la exploración física, evaluación, diagnóstico y plan de tratamiento;
• Documentación precisa de cada encuentro con el paciente;
• Revisión de los hallazgos y documentación de cualquier modificación de los planes asistenciales;
• tomar consciencia de las cuestiones relacionadas con la confidencialidad y la privacidad;
• Obligaciones relacionadas con el consentimiento;
• Redacción de informes a efectos jurídicos y de pólizas de seguros.
Investigación
Comprende:
• Metodología de la investigación básica y bioestadística;
• Interpretación de los protocolos y los procedimientos basados en pruebas científicas y de los principios de la práctica correcta;
• Enfoque epidemiológico del mantenimiento del registro clínico, fomento de la documentación de estudios de casos específicos y de la participación en proyectos de investigación sobre el terreno;
• Desarrollo de un espíritu crítico a la hora de tomar decisiones clínicas y de tener en cuenta los artículos publicados y las directrices clínicas pertinentes;

• Adquisición de los conocimientos necesarios para estar al corriente de las investigaciones pertinentes y de los trabajos publicados en la literatura